El concejal Julián Algañarás presentó una denuncia ante el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de Viedma para que se investiguen las presuntas irregularidades detectadas en el expediente mediante el cual se contrató a la firma Módulos Patagónicos S.A.S. para la ejecución del baño modular que terminó instalado en la Feria Municipal.
La presentación solicita que el órgano de control requiera el expediente completo, instruya un sumario y determine si corresponde iniciar un juicio administrativo de responsabilidad contra los funcionarios intervinientes, ante la posible existencia de un perjuicio económico para la hacienda municipal.
“No estamos frente a un simple error administrativo. Hay demasiadas irregularidades encadenadas en una misma contratación. Por eso pedimos que el Tribunal investigue si se cuidaron los recursos municipales o si existió un direccionamiento para beneficiar a una empresa vinculada al entorno del Intendente”, sostuvo en Edil.
Las principales irregularidades denunciadas
1. Posible conflicto de intereses y vínculo con el entorno del Intendente
La denuncia advierte que Módulos Patagónicos S.A.S. tiene como socio al Sr. Nicolás Bambaci, quien se ha acreditado es cuñado del intendente Marcos Castro. Además, surge de distintos informes que el domicilio situado en tucuman 921 de Viedma coincide el domicilio legal de la empresa que surge del Registro nacional de sociedades y, al mismo tiempo, de un padrón electoral y un informe comercial surge que también está vinculado a Marcos Castro.
Esto podría implicar, un direccionamiento de la obra hacia un familiar o, en el peor de los casos, que el intendente está contratando con el propio municipio a través de una tercera persona, por eso debe ser profundamente investigado.
2. Cambio de destino de la obra
El expediente se inició el 5 de diciembre de 2025 para instalar un baño modular en la calle 120 del Balneario El Cóndor. El pliego fue aprobado el 2 de enero, ese mismo día se invitó a los oferentes y la apertura del concurso se realizó el 9 de enero.
Sin embargo, la adjudicación y aprobación del contrato recién se concretó el 30 de enero de 2026, y la empresa comenzó la construcción del módulo el 10 de marzo, es decir, al final de la temporada estival.
Según la denuncia, esto demuestra que el Municipio inició un procedimiento que, por sus propios plazos, nunca podía cumplir razonablemente con el objetivo de instalar el baño en El Cóndor antes de que terminara la temporada. Pese a ello, luego se usó precisamente la finalización de la temporada como argumento para cambiar el destino de la obra y llevarla a la Feria Municipal. De esa manera se pregunta, ¿existió una deficiente planificación administrativa, una alteración injustificada del objeto contractual o una utilización irregular de un procedimiento iniciado para una finalidad distinta?
3. No se pidió mejora de oferta pese a una diferencia mínima
En el concurso se presentaron dos ofertas admisibles: Módulos Patagónicos S.A.S. por $45.312.000 y Bero S.R.L. por $45.343.842,94. La diferencia entre ambas era de apenas $31.842,94.
La denuncia sostiene que, frente a esa paridad, correspondía aplicar el mecanismo previsto por la Ley de Obras Públicas: llamar a mejora de precios o evaluar la capacidad técnico-financiera de los oferentes.
Sin embargo, la Comisión de Preadjudicación no pidió mejora de oferta y aconsejó adjudicar directamente a Módulos Patagónicos S.A.S., invocando razones de celeridad administrativa.
Aquí se señaló una circunstancia alarmante. Bambasi presentó la oferta sin toda la documentación y le dieron 48 horas para corregirlo documentación, pero no dieron 24 horas para mejorar el precio y le adjudicaron inmediatamente la obra diceindo que había que hacerlo urgente.
Sobre esta irregularidad, la propia Contaduría Municipal advirtió expresamente que debía pedirse mejora de oferta y ese dictamen fue ignorado.
La denuncia destaca que la propia Contaduría Municipal, mediante Nota Nº 26/2026 obrante a fs. 332, advirtió expresamente que resultaba viable gestionar una mejora de oferta en un plazo perentorio, “por ejemplo 24 horas”, conforme al artículo 20 de la Ley Nº 286.
Esa advertencia señalaba que el mecanismo servía para garantizar igualdad de tratamiento, igualdad de condiciones entre oferentes y transparencia del procedimiento.
Pese a ello, según la presentación, el Secretario de Desarrollo Territorial, Hábitat y Obras Públicas, Martín Calderón, aprobó de inmediato y sin más trámite el contrato Nº 013/26 con Módulos Patagónicos S.A.S.
“Contaduría les marcó el camino legal para transparentar el procedimiento y mejorar el precio. Lo ignoraron y siguieron adelante. Esa es una de las irregularidades más graves del expediente”, afirmó Algañarás.
4. La oferta adjudicada era muy superior al presupuesto oficial
El presupuesto oficial inicial era de $38.426.960,28, mientras que la oferta adjudicada fue de $45.312.000, es decir, aproximadamente un 17,9% por encima.
Para el concejal, esta diferencia hacía aún más necesario pedir una mejora de oferta, especialmente cuando ambas propuestas eran casi idénticas entre sí y existía una advertencia expresa de Contaduría.
5. Adicionales posteriores desvirtuaron la supuesta ventaja económica inicial
Luego de adjudicada la obra, la empresa presentó modificaciones y adicionales. Según la denuncia, primero se incorporaron cambios por $199.216 y luego nuevos elementos que llevaron el adicional total a $664.216.
Algañarás sostuvo que esto desvirtuó la supuesta ventaja económica inicial que justificó adjudicarle la obra a Módulos Patagónicos.
“La empresa ganó por una diferencia mínima y después aparecieron adicionales. Eso obliga a investigar si la oferta inicial fue realmente completa o si se utilizó el mecanismo de adicionales para recomponer el precio una vez obtenida la adjudicación”, sostuvo.
6. Demolieron baños municipales sin informes técnicos suficientes
La obra había sido pensada para El Cóndor, pero terminó siendo instalada en la Feria Municipal. Para eso, el Municipio decidió demoler baños de construcción tradicional que ya existían en el predio.
Según la denuncia, esa demolición implicó la pérdida de un bien municipal equipado con sanitarios, griferías, mingitorios y lavamanos, sin que obren informes técnicos suficientes que acrediten el estado estructural real, los riesgos sanitarios o edilicios, ni una comparación económica seria entre reparar lo existente y colocar un módulo nuevo.
La presentación remarca que el Intendente afirmó públicamente que reparar o mejorar los baños existentes era “antieconómico”pero no encontró ninguna constancia de ello en el expediente.
La denuncia también apunta contra las explicaciones públicas del Secretario Calderón. Según la presentación, el funcionario dijo en una entrevista que no tenían constancia del estado edilicio, que no sabían cómo estaban fundados los baños, si estaban socavados o si las pérdidas cloacales podían afectar la estructura.
Sin embargo, en el propio expediente se habría sostenido algo distinto: que la conexión a la red cloacal existente generaba una ventaja porque se aprovecharían las instalaciones sanitarias disponibles en el sector.
Para Algañarás, esa contradicción agrava el caso: por un lado se justificó la demolición en supuestos problemas estructurales y cloacales no acreditados; pero por otro lado se invocó la existencia de instalaciones disponibles como una ventaja económica.
Por eso, la demolición no solo no está fundamentada en cuestiones técnicas, sino que implicó un perjuicio económico al municipio quien perdió una construcción que pertenecía a su patrimonio.
7. Posible sobreprecio en un depósito de pequeñas dimensiones
Otro de los puntos denunciados es el adicional probdo a la empresa del cuñado por un valor de $2.400.000, por un depósito para artículos de limpieza de apenas 2,43 metros por 0,60 metros de estructura metalica revestido con chapa gris.
La presentación señala que, a fs. 393, el Municipio pidió cotización para ese adicional y que a fs. 396 la empresa informó un monto de $2.400.000. Sin embargo, en la siguiente página ya se habría aprobado el adicional sin que obre en el expediente el presupuesto correspondiente anunciado por la contratista.
Para Algañarás, aprobar un adicional de ese monto para una estructura de dimensiones tan reducidas, sin presupuesto incorporado al expediente, constituye una irregularidad evidente que debe ser auditada técnica y contablemente.
8. Falta de cartel de obra
También se denunció que el cartel de obra, pese a estar previsto en el presupuesto de obra, no habría sido colocado. Para el concejal, esa omisión impidió o dificultó el control ciudadano sobre una contratación que requería máxima publicidad, especialmente por sus características y por la posible vinculación de la empresa con el entorno del Intendente.
9. Irregularidad en la factura del anticipo financiero
La denuncia incorpora además una observación sobre la factura emitida por la empresa en concepto de anticipo financiero del 30% de la obra, por $13.593.600.
Según se advirtió al compulsar el expediente, dicha factura no estaría incorporada como una foja original debidamente foliada, sino como una reproducción o fotocopia de una supuesta foja. Por eso se pidió investigar si pudo haber existido adulteración, sustitución o incorporación irregular de documentación.
El edil remarcó al finalizar la presentación que La gravedad de la coincidencia entre el domicilio legal de Módulos Patagónicos S.A.S. y un domicilio vinculado al Intendente, sumada al vínculo familiar entre Bambaci y Castro, se profundiza cuando del expediente surgiría una sucesión de decisiones irregulares: no se pidió mejora de oferta pese a una diferencia mínima, se ignoró una advertencia de Contaduría, se adjudicó por encima del presupuesto oficial, se aprobaron adicionales, se cambió el destino original de la obra, se demolieron bienes municipales sin respaldo técnico suficiente y no se habría colocado cartel de obra.
Para Algañarás, estos elementos no son hechos aislados, sino indicios que deben investigarse para determinar si existió direccionamiento, beneficio indirecto para una empresa vinculada al entorno del Intendente y un perjuicio económico actual o potencial para la hacienda municipal, lo que justifica la intervención del Tribunal de Cuentas y la eventual sustanciación de un juicio administrativo de responsabilidad.
















































