LOS CANDIDATOS PODRAN PONER SUS APODOS EN LA BOLETA


Entre el viernes y el sábado el Juzgado Electoral aprobó la totalidad de los modelos de boletas y sus combinaciones. De esta manera, las agrupaciones están en condiciones de llevarlas a imprenta.
Así, culminó una etapa más del cronograma electoral. Por otra parte, se dispuso que los y las postulantes a cargos electivos podrán utilizar su apodo por los que son conocidos en las boletas electorales. Asimismo, también podrán utilizar el primer o segundo nombre y el primer o segundo apellido.
La resolución del Juzgado Electoral responde a un pedido realizado por los partidos políticos y alianzas en la audiencia de vista de boletas. Esto tiene que ver con que muchos casos los y las candidatas son conocidos socialmente más por su segundo nombre, su segundo apellido e incluso por un apodo que por el orden del DNI. De esta manera, se evita confusiones al electorado.
Por otro lado, en la misma sentencia se dispuso que todas las boletas de categorías unipersonales y en fórmula deberán tener un tamaño de 12 por 9,5 centímetros, mientras que para los cuerpos colegiados (Legislatura y Concejos Deliberantes, por ejemplo) la medida será de 12 por 19 centímetros. Solo en aquellos casos que no se dificulte la lectura de los postulantes podrán usar para los tramos colegiados el mismo que para los unipersonales.
Finalmente, el Juzgado Electoral dispuso que el papel de las boletas deberá ser tipo obra de entre 55 y 75 gramos o “un papel sustituto de similar calidad y apariencia”. En el anverso podrá tener fondo del color asignado y en el reverso deberá ser blanco.