*Juicio abreviado: el imputado debe reconocer el delito y aceptar la pena*
El juicio abreviado permite llegar a una condena de hasta 10 años de prisión mediante un acuerdo entre el acusado, defensora o defensor, la fiscalía y la víctima querellante. Es una herramienta que aporta celeridad y economía al proceso penal, con una solución rápida y consensuada del conflicto. Forma parte de las herramientas de la Reforma Procesal Penal, que este año cumplirá 5 años de aplicación.
En Río Negro, la duración de un juicio abreviado, desde la formulación de cargos hasta la sentencia, es de 90 días corridos (130 corridos), según un informe de la Dirección de Oficinas Judiciales que compendia el último año.
Si bien el procedimiento se acorta, se trata de un juicio con las mismas consecuencias que los debates tradicionales. Una de las diferencias es que el imputado debe reconocer su participación en el delito y aceptar la pena que le proponga la Fiscalía.
En delitos cometidos en la intimidad, como los abusos sexuales, en muchas ocasiones implica un paso reparador para la víctima esta asunción por parte del victimario. Además, permite evitar el debate donde se repasan los hechos y las pruebas. Una ventaja adicional es que la sentencia queda firme, evitando las instancias de apelación.
El acuerdo no puede vulnerar cuestiones del proceso ni de la pena. En este marco, debe respetar los montos mínimos y máximos de prisión previstas en el Código Penal, que sanciona el Congreso Nacional.
Para llegar al acuerdo se hace una audiencia oral y pública con todas las partes. El juez o jueza evalúa la propuesta, puede aceptarla y dictar la condena o puede rechazarla.
Si el acuerdo es rechazado, el caso pasa a Juicio Oral y Público con otro juez o jueza y otro representante de la Fiscalía. La nueva magistratura tendrá prohibido usar como prueba lo que dijo el acusado en el proceso anterior.